Ayudas para el impulso de la comercialización digital

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Ayudas para el impulso de la comercialización digital

La Consellería de Economía, Empleo e Industria aprueba las bases para la concesión de las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para el impulso de la comercialización digital y procede a su convocatoria para el año 2020. El código de procedimiento es IN201G.

Presupuesto

La Ley de presupuestos generales de la Comunidad de Galicia destina para este fin 330.000 euros que se divide de la siguiente manera:

  • Comerciantes minoristas: 100.000 euros.
  • Titulares de talleres artesanos: 123.000 euros.
  • Ayuntamientos: 62.000 euros.
  • Asociaciones profesionales y empresariales de artesanos/as: 45.000 euros.

Beneficiarios

Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que, en todo caso, cumplan con los siguientes requisitos:

Comerciantes minoristas

  • Que desarrollen su actividad comercial en Galicia, que su domicilio social radique en la Comunidad Autónoma y que cumplan con los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad. En el caso de comerciantes que realicen la actividad comercial online, deberán tener el domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Que teniendo la condición de pyme empleen a menos de veinte trabajadores y no tengan la consideración de gran establecimiento comercial según la normativa aplicable.
  • Que estén dados de alta en algunos de los epígrafes del IAE que figuran en los anexos de la publicación en el DOG.
  • Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto la actividad del epígrafe 653.1 del IAE.

Titulares de talleres artesanales

  • Inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia. En el caso de nuevos talleres, tendrán de plazo hasta la fecha límite de presentación de la solicitud de subvención para solicitar la inscripción en dicho registro.

Asociaciones profesionales y empresariales de artesanas/os de Galicia

  • Legalmente constituidas en que por lo menos el 90% de sus miembros, con un mínimo de 10, figuren inscritos en la Sección Segunda (talleres artesanales) del Registro General de Artesanía de Galicia.

Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia

Actuaciones subvencionables

  • La organización virtual de tiendas efímeras, plataformas o páginas de market place, ferias o cualquier otro tipo de evento comercial, nacional o internacional, celebrados online.
  • La participación virtual como expositora/a en tiendas efímeras, plataformas o páginas de market places, ferias o cualquier otro tipo de evento comercial, nacional o internacional celebrados online.

Plazo

Se podrán presentar solicitudes desde el 13 agosto hasta el 30 de septiembre de 2020 o hasta el agotamiento del crédito.

Enlace a la orden completa

Fuente: DOG

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