Galicia Exporta digital 2021

Galicia Exporta digital 2021

El Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la internacionalización digital de las empresas gallegas (Galicia Exporta Digital 2021), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020.

Beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que cumplan la definición de pyme según el anexo I del Reglamento nº 651/2014 de la Comisión.

b) Que tengan algún centro de trabajo radicado en la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) Que estén dadas de alta en programas avanzados del Igape de apoyo a la internacionalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. La solicitud de alta en programas avanzados de Igape de apoyo a la internacionalización, deberá hacerse antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de ayuda, a través del procedimiento del Igape IG192.

d)También podrán ser beneficiarias aquellas pymes dedicadas al comercio minorista, que no precisan estar dadas de alta en programas del punto anterior.

e) Que estén al día de sus obligaciones con la Hacienda pública estatal, con la Comunidad Autónoma de Galicia y con la Seguridad Social.

Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto apoyar a las empresas gallegas en sus procesos de internacionalización digital conscientes de que el desarrollo de las tecnologías digitales supone un enorme potencial para la mejora de la competitividad en los mercados internacionales, considerando que el desarrollo de planes empresariales de internacionalización digital repercuten en las posibilidades de negocio, posibilitando la presencia en mercados, facilitando el acceso a clientes, reduciendo los costes de transacción y publicidad, y permiten abrir canales comerciales nuevos, aportando así medios más eficaces para la potenciación de actividades económicas internacionales y el incremento de las exportaciones. El objeto último de estas bases es el desarrollo y la implementación de un plan de internacionalización digital de empresa, y las necesidades específicas en materia de marketing digital internacional del comercio minorista.

Conceptos subvencionables

Solo se podrá presentar y aprobar una solicitud por empresa, con un gasto subvencionable mínimo, igual o superior a 25.000 € y un máximo de 125.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustarlo a este límite máximo. En el caso del comercio minorista el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 15.000 € por empresa y máximo de 125.000 € por empresa. De superar este máximo se procederá a ajustarlo a este límite máximo. En el caso de empresas del sector de la producción agraria y de la pesca el gasto subvencionable mínimo debe ser igual o superior a 15.000 € y máximo de 37.500 € en el caso de empresas del sector de la pesca y 25.000 € en el caso de empresas del sector de la producción agraria.

Se considerarán gastos subvencionables todos aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para el desarrollo del plan para el cual fueron concebidos y deberán cumplir los requisitos establecidos en la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, del Ministerio de Hacienda y Función Pública, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables del programa operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Bases reguladoras

Resolución de 23 de diciembre de 2020 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la internacionalización digital de las empresas gallegas (Galicia Exporta Digital 2021), cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG401D).

Importe

Los créditos disponibles para concesiones en estas convocatorias se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 06.A1.741A.7708 y por los siguientes importes con cargo a los siguientes ejercicios:

Año 2021: 1.000.000 €.

Año 2022: 5.000.000 €.+

Cuantía de la ayuda

La subvención será del 80 % de los gastos relacionados.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará el día siguiente al de la la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 30 de junio de 2021, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Fuente: Diario Oficial de Galicia

Enlace a la orden completa.

Enlace al IGAPE.

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