Ayudas para la hostelería: instalación o reforma de terrazas

Ayudas para la hostelería: instalación o reforma de terrazas

Resolución de 26 de noviembre de 2020 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la instalación, reforma y adaptación de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración y la adquisición de elementos de envasado y embalaje para el servicio de consumo en el domicilio, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2021.

Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas, según la definición establecida por la Comisión Europea en el anexo I del Reglamento, cualquiera que sea su forma jurídica, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Además, deberán cumplir las siguientes condiciones: a) desarrollar su actividad en Galicia, al menos en un centro de trabajo, dentro del sector de la hostelería y restauración, nombradamente, restaurantes, cafeterías, bares y salones de banquetes, cumpliendo los requisitos establecidos legalmente para ejercer dicha actividad; b) teniendo la condición de pyme conforme a los requisitos establecidos por la Comisión Europea en su Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003 (DOUE 124, de 20 de mayo, p. 36), emplear menos de cincuenta (50) trabajadores; c) estar dadas de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo I de las bases reguladoras.

Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto subvencionar las siguientes actividades:

1. Instalación, reforma y adecuación de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración, situadas en espacios públicos o privados, en la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Adquisición de envasado y embalaje para el servicio de consumo en el domicilio.

Conceptos subvencionables

1. Serán subvencionables los gastos e inversiones, realizados entre el 1 de octubre de 2020 y la fecha límite de ejecución establecida en la resolución de convocatoria de las ayudas, necesarios para desarrollar las actividades descritas en el apartado segundo.

2. Los proveedores no podrán estar asociados ni vinculados con la entidad solicitante o con sus órganos directivos o gestores, entendiéndose esta vinculación en los términos especificados en el artículo 43.2 del Decreto 11/2009.

3. Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (importe igual o superior a 15.000 € en el caso de prestaciones de servicios o adquisiciones de bienes, e importe igual o superior a 40.000 € en el caso de ejecución de obra, en el momento de publicar estas bases) el beneficiario deberá solicitar, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores independientes (del solicitante y entre sí) con carácter previo a la contratación de la ejecución de la obra, de la prestación del servicio o de la adquisición del bien, excepto que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de proveedores que las realicen, presten o suministren. En este caso, se presentará un escrito acreditativo de esta circunstancia, firmado por el representante legal o por un experto independiente.

Tampoco será preceptiva la presentación de las tres ofertas cuando el gasto sea realizado con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda.

Las ofertas o presupuestos de proveedores deberán contener, como mínimo, los datos identificativos del emisor y del destinatario, la fecha de emisión del documento, el importe por concepto (especificando si incluye o no el IVA) y la descripción de los elementos ofertados.

4. En ningún caso el coste de la adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

Bases reguladoras

Resolución de 26 de noviembre de 2020 por la que se da publicidad del Acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de las ayudas para la instalación, reforma y adaptación de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración y la adquisición de elementos de envasado y embalaje para el servicio de consumo en el domicilio, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2021.

Importe

El crédito disponible para concesión en esta convocatoria se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1-741A-7701, por un importe de 2.900.000 €, con cargo al año 2021 y con cargo a la aplicación presupuestaria 09.A1-741A-4702, por un importe de 100.000 €, para el año 2021.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia y finalizará el 28 de febrero de 2021, excepto que se produzca el supuesto de agotamiento del crédito.

Fuente: Diario Oficial de Galicia

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